Cómo sabemos, los acompañantes siempre corren mucho riesgo viales y su cobertura general es el paquete de responsabilidad civil. En este punto el acompañante es solo considerado como un tercero y por eso será cubierto, al contrario del caso del conductor que haya causado algún siniestro.
En casos de accidentes, siempre debe reclamarse primero la cobertura del acompañante. El asegurado debe pedir a la compañia que cubra las lesiones primero de esta persona.
Seguro de motocicletas
Todos los vehículos de motor incluidas las motocicletas, no pueden circular por la carretera a menos que estén cubiertos por un seguro de responsabilidad civil. Para quienes no respeten esta obligación, se incautará el vehículo y se impondrá una sanción administrativa.
La póliza de seguro de responsabilidad civil de vehículos de motor, más conocida como RCA, cubre, en derecho civil y dentro de los límites señalados, los daños causados a las personas, incluidas las terceras personas transportadas, animales y cosas por accidentes de tráfico. Las cobertura de los acompañantes son totalmente necesarias y obligatorias.
Lo que no incluye y por tanto no compensa el seguro RCA exigido por ley:
-El conductor (eventualmente será compensado por el seguro del otro conductor);
-Los daños causados a su vehículo (dichos daños correrán a cargo del conductor, los daños causados por su vehículo a terceros se reembolsarán en su lugar);
-Robo e incendio.
Seguro Mixto
Finalmente, existen pólizas mixtas, en las que el seguro se compromete a pagar una determinada cantidad al asegurado (en caso de que se mantenga en la fecha de vencimiento pactada); además, se abonará una determinada cantidad a los herederos o personas designadas, en caso de fallecimiento del asegurado antes de la fecha establecida por el contrato de seguro.
Hay que tener en cuenta que las compañías de seguros no suelen abonar la prima antes del vencimiento del contrato (incluso en el caso de fallecimiento prematuro del asegurado), por lo que debes tener claras tus condiciones económicas antes de suscribir cualquier modalidad de seguro.
Techo de reembolso
El techo de reembolso es el límite máximo hasta el cual la Compañía garantiza la cobertura del seguro por siniestro y por año.
Se entiende que, en caso de que el daño causado exceda el techo, el monto que exceda el techo correría íntegramente a cargo del propietario (conjuntamente con el conductor). Por tanto, es recomendable contratar una póliza con límites máximos superiores al mínimo legal; el pequeño aumento de la prima se amortiza ampliamente con una mayor tranquilidad en caso de siniestro.
Conoce más sobre el tema
La prima – Es la suma que el asegurado paga periódicamente a su empresa para obtener la cobertura del seguro.
Deducible – Es un contrato de seguro válido para cualquier tipo de vehículo (por lo tanto también motocicletas) donde no existen variaciones de prima, para bien o para mal, pero por cada accidente el asegurado debe contribuir para pagar una determinada suma al seguro (Deducible) por los daños causados. La compensación permanece con el asegurado si el daño es menor que el deducible.
Seguro opcional – Para daños no cubiertos por el seguro obligatorio (incendio y robo del vehículo, accidente del conductor, seguro a todo riesgo por daños al vehículo, etc.) es posible complementar la póliza con otras cláusulas que aumenten la prima.